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Tres formas de pagar su impuesto federal sobre la renta

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Número de publicación: Consejo fiscal del IRS 2012-68

En esta edición


Tres formas de pagar su impuesto federal sobre la renta

Si no puede pagar la cantidad total de impuestos que debe, no entre en pánico. Aún debe presentar su declaración y pagar lo más que pueda antes de la fecha límite del 17 de abril para evitar multas e intereses. También debe comunicarse con el IRS para preguntar sobre las opciones de pago. Aquí hay tres opciones de pago alternativas que puede considerar y un consejo sobre el alivio de la multa bajo la Iniciativa Fresh Start del IRS:

1. Pague con tarjeta de crédito o débito. Puede usar las principales tarjetas (American Express, Discover, MasterCard o Visa) para pagar sus impuestos federales. Para obtener información sobre cómo pagar sus impuestos electrónicamente, incluso con tarjeta de crédito o débito, visite www.irs.gov/e-pay o consulte la lista de proveedores de servicios a continuación. El IRS no cobra ninguna comisión por los pagos con tarjeta de crédito o débito. Si paga con tarjeta de crédito, los proveedores de servicios le cobrarán una comisión por conveniencia según el monto que pague. Si paga con tarjeta de débito, los proveedores de servicios le cobrarán una tarifa fija de $3.89 a $3.95. No agregue la comisión por conveniencia ni la tarifa fija a su pago de impuestos.

Las empresas procesadoras son:

WorldPay EE. UU., Inc.:
Para pagar con tarjeta de crédito o débito: 888-9PAY-TAX (888-972-9829), www.payUSAtax.com

Corporación Oficial de Pagos:
Para pagar con tarjeta de crédito o débito: 888-UPAY-TAX (888-872-9829), www.pagosoficiales.com/fed

Corporación Link2Gov:
Para pagar con tarjeta de crédito o débito: 888-PAY-1040 (888-729-1040), www.pay1040.com

2. Prórroga de pago: Según sus circunstancias, es posible que se le conceda una breve prórroga para pagar sus impuestos en su totalidad. Puede solicitar esta prórroga a través de la aplicación de Acuerdo de Pago en Línea en www.IRS.gov o llamando al 800-829-1040. Los contribuyentes que solicitan y obtienen una prórroga de 60 a 120 días para pagar sus impuestos en su totalidad generalmente pagarán menos multas e intereses que si la deuda se pagara mediante un acuerdo de pago a plazos durante un período mayor. Esta prórroga no tiene costo.

3. Alivio de la penalización Para ayudar a quienes más lo necesitan, se ofrece un período de gracia de seis meses para la penalización por pago tardío a ciertos asalariados y trabajadores por cuenta propia. Una solicitud aprobada de prórroga de seis meses para el pago resultará en la exención de la penalización por pago tardío para el año fiscal 2011 si:

  • sus ingresos están dentro de ciertos límites y se cumplen otras condiciones;
  • su solicitud se recibe antes del 17 de abril de 2012; y
  • sus impuestos, intereses y cualquier otra sanción de 2011 se paguen en su totalidad antes del 15 de octubre de 2012.

Para saber si es elegible y solicitar la prórroga y el alivio de la pena, complete y envíe por correo el Formulario 1127-A, Solicitud de Prórroga para el Pago del Impuesto sobre la Renta de 2011 por Dificultades Excesivas.

4. Acuerdo de pago a plazos Puede solicitar un acuerdo de pago a plazos del IRS mediante la aplicación de Acuerdo de Pago en Línea (OPA) en IRS.gov. Esta aplicación web permite a los contribuyentes que adeudan $50,000 o menos en impuestos, multas e intereses combinados, calificar, solicitar y recibir una notificación inmediata de aprobación. También puede solicitar un acuerdo de pago a plazos antes de que se evalúen sus obligaciones tributarias actuales mediante OPA. La opción OPA le brinda una manera simple y conveniente de establecer un acuerdo de pago a plazos, elimina la necesidad de interacción personal con el IRS y reduce el papeleo. También puede completar y enviar el Formulario 9465 o el Formulario 9465-FS, Solicitud de Acuerdo de Pago a Plazos, hacer su solicitud por escrito o llamar al 800-829-1040. Para saldos superiores a $50,000, debe completar un estado financiero para determinar el monto del pago mensual para un plan de pago a plazos. Puede evitar la presentación de un aviso de gravamen fiscal federal al establecer un plan de pago a plazos con débito directo. Para obtener información más completa, consulte el Tema Tributario 202, Opciones de Pago de Impuestos y la página Nuevo Comienzo en www.IRS.gov.

Para obtener más información sobre cómo presentar y pagar sus impuestos, visite www.IRS.gov y seleccione la sección 1040 Central o consulte las instrucciones del Formulario 1040 o la Publicación 17 del IRS, Su Impuesto Federal sobre la Renta. Puede descargar formularios y publicaciones en www.irs.gov o solicitar una copia gratuita llamando al 800-TAX-FORM (800-829-3676).

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