El IRS nos recuerda, en el comunicado IR 2021-196, que a los contribuyentes estadounidenses con cuentas en el extranjero, si bien la fecha límite para presentar su Informe anual de cuentas bancarias y financieras extranjeras (FBAR) es el 15 de abril de 2021, la fecha límite para solicitar una prórroga para presentar su FBAR anual se acerca rápidamente, ya que el 15 de octubre de 2021.
El Servicio de Impuestos Internos (IRS) recuerda a los ciudadanos estadounidenses, a los residentes extranjeros y a cualquier entidad legal nacional que la fecha límite para presentar su Informe anual de cuentas bancarias y financieras extranjeras (FBAR, por sus siglas en inglés) vence el 15 de octubre de 2021.
Los contribuyentes que no cumplieron con la fecha de vencimiento anual del 15 de abril a principios de este año recibieron una extensión automática hasta el 15 de octubre de 2021 para presentar el FBAR. No necesitaban solicitar la prórroga.
Los contribuyentes afectados por un desastre natural podrían ver extendida la fecha límite para la presentación de su declaración FBAR. Es importante que revisen los avisos de alivio de la FBAR pertinentes para obtener información completa.
¿Quién necesita archivar?
La Ley de Secreto Bancario requiere que las personas estadounidenses presenten un FBAR si tienen:
- Interés financiero, autoridad de firma u otra autoridad sobre una o más cuentas, como una cuenta bancaria, cuenta de corretaje, fondo mutuo u otra cuenta financiera ubicada fuera de los Estados Unidos, y
- El valor agregado de todas las cuentas financieras extranjeras supera los $10,000 en cualquier momento durante el año calendario.
Debido a este umbral, el IRS alienta a las personas o entidades estadounidenses con cuentas en el extranjero, incluso las relativamente pequeñas, a verificar si este requisito de presentación se aplica a ellas. Una persona estadounidense es un ciudadano o residente de los Estados Unidos o cualquier entidad legal nacional, como una sociedad, corporación, sociedad de responsabilidad limitada, patrimonio o fideicomiso.
Cómo presentar
Los contribuyentes no deben presentar el FBAR junto con su declaración de impuestos federales. El FBAR de 2020 debe presentarse electrónicamente ante la Red de Control de Delitos Financieros (FinCEN) y solo está disponible a través del sitio web del Sistema de Presentación Electrónica de la Ley de Secreto Bancario (BSA E-Filing System) . Quienes no puedan presentar su FBAR electrónicamente deben llamar a FinCEN al 800-949-2732 o, si llaman desde fuera de Estados Unidos, al 703-905-3975.
Evita sanciones
Quienes no presenten un FBAR cuando sea necesario pueden estar sujetos a importantes sanciones civiles y penales que pueden resultar en una multa y/o prisión. El IRS no penalizará a aquellos que informaron correctamente una cuenta extranjera en un FBAR presentado tarde si el IRS determina que hubo una causa razonable para la presentación tardía.